Esta
tarde recibí una carta de la Dirección General de Tráfico informándome de que
he cometido una infracción. Fue el pasado 2 de agosto en una carretera cercana
a Ferrol. Al parecer circulaba a 63 km/h por un tramo limitado a 50 km/h. Hay
una foto del coche y un montón de datos técnicos para demostrar que el radar
chivato es de lo más fiable. Vale, lo acepto. Supongo que el hecho es cierto,
que circulaba 13 km/h más rápido de lo permitido. De lo que estoy seguro es de que
no puse en riesgo ni la vida de mi familia ni la de ninguna otra persona que se
cruzara en mi camino. Entre otras cosas porque aquel día apenas encontré
tráfico en la carretera. De hecho, en la foto que manda la DGT como prueba no
se aprecia ningún otro coche en la escena aparte del nuestro.
¿Cuál
sería una multa proporcional a una infracción de este tipo? A mí me parece que
debería ser algo testimonial. Una advertencia en el sentido de “tenga usted
cuidado” o “sea más respetuoso con las señales”. De 20 a 30 euros me parece una
cantidad correcta. Para cubrir los gastos infringidos (foto, mandar la carta
informando de la infracción, etc.) y algo más. Pues no. La DGT valora la
infracción en 100 euros. Toma ahí. Pero si eres bueno y pagas rápido y sin
protestar te lo dejan en 50 euros. Y ahora que me digan que no es afán recaudatorio.
El chiste de Forges, puro realismo social. Una denuncia necesaria.
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